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¿El Fin de la «Confianza Legítima»?: ¿Cuándo puede el Estado despedir a un funcionario a contrata?

Un reciente fallo de la Corte Suprema, fechado el 30 de marzo de 2026, ha puesto sobre la mesa un tema sensible para miles de trabajadores del sector público en Chile: la estabilidad de los empleos «a contrata». En una decisión dividida, el máximo tribunal revocó una sentencia previa y validó la desvinculación de un abogado que llevaba años trabajando para el Estado.

Aquí te explicamos de qué trata este caso y qué significa para la administración pública.

El Caso: Una reestructuración en la Subsecretaría de Derechos Humanos

Un funcionario se desempeñaba como abogado a contrata en la Subsecretaría de Derechos Humanos desde el año 2019. Sin embargo, a fines de 2024, el servicio le notificó que su contrato no sería renovado para el año siguiente.

¿La razón? El Estado implementó el Plan Nacional de Búsqueda. Esto obligó a la Subsecretaría a reorganizar sus recursos para enfocarse en nuevas tareas. Tras un análisis de «cargas de trabajo», se determinó que la oficina de la Región de la Araucanía (donde trabajaba el funcionario en cuestión) tenía un exceso de abogados en comparación con otras regiones.

Para decidir quién se iba, el servicio comparó el número de causas y las evaluaciones de desempeño. Al tener menos causas asignadas que sus colegas y una calificación inferior en el proceso de evaluación, se decidió no renovar su contrato.

¿Qué es la «Confianza Legítima»?

En Chile, los empleos a contrata son, por ley, transitorios y duran máximo un año. Sin embargo, la justicia ha establecido históricamente que, si a una persona le renuevan el contrato por cinco años o más, se genera una «confianza legítima». Esto significa que el trabajador tiene la expectativa de que seguirá en su puesto, y el Estado no puede simplemente «echarlo» sin una razón muy bien explicada.

La decisión de la Corte: La eficiencia por sobre la expectativa

Aunque el trabajador alegó que su despido era arbitrario, la mayoría de la Sala de la Corte Suprema decidió que el Estado actuó correctamente por las siguientes razones:

  • Potestad de reorganización: El Estado tiene el poder de crear, modificar o eliminar unidades para cumplir con el interés público de forma eficiente.
  • Fundamentos objetivos: La Corte consideró que la resolución estaba «debidamente fundada» en datos reales (número de casos y evaluaciones) y no fue un capricho.
  • Límites de la estabilidad: El fallo aclara que la «confianza legítima» no impide que el Estado ponga término a un vínculo si existen razones operativas de peso, como una reestructuración.

¿Por qué es importante este fallo?

Este fallo marca un precedente relevante sobre el equilibrio entre los derechos de los funcionarios y la necesidad del Estado de modernizarse. Establece que, incluso con años de servicio, una reestructuración institucional bien justificada y basada en datos objetivos puede ser motivo suficiente para no renovar un contrato.

En resumen: La justicia reafirmó que el «interés general» y la gestión eficiente de los recursos públicos permiten al Estado reorganizar su personal, siempre que existan razones claras y transparentes para elegir quién deja la institución.

 

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