El principio de confianza legítima es una pieza clave del derecho administrativo. Este principio establece que si la Administración del Estado ha mantenido una conducta determinada y consistente en el tiempo, generando una expectativa justificada en un administrado, no puede modificar su actuar de manera abrupta, arbitraria y perjudicial para este, sin una justificación suficiente.
A pesar de no estar expresamente consagrado en la ley chilena, su aplicación ha sido una práctica constante tanto de la Contraloría General de la República como de los tribunales de justicia. Tradicionalmente, ha sido un argumento central para limitar la posibilidad de la Administración de no renovar los empleos «a contrata».
La Contrata: Carácter Transitorio vs. Estabilidad
Para entender el debate, es crucial distinguir las modalidades de empleo público en Chile:
● Empleos de Planta: Son de carácter permanente y gozan de estabilidad laboral.
● Empleos a Contrata: Según el Estatuto Administrativo, son cargos de naturaleza transitoria. Su duración máxima es hasta el 31 de diciembre de cada año, expirando legalmente en esa fecha, a menos que se tramite su prórroga con al menos treinta días de anticipación.
El Cambio de Criterio de la Corte Suprema
Hasta hace poco, la jurisprudencia mayoritaria sostenía que si un funcionario «a contrata» ejercía sus funciones por cinco años o más de manera ininterrumpida, se debía aplicar el principio de confianza legítima, obligando a la Administración a renovar su empleo por la expectativa de estabilidad generada.
Sin embargo, la Corte Suprema ha zanjado recientemente la materia con un nuevo criterio, resolviendo que el principio de confianza legítima:
1. Carece de Reconocimiento Legal: No está consagrado explícitamente en la normativa.
2. Alteración del Sistema: Su aplicación en estos casos implicaría desvirtuar el sistema de carrera funcionaria diseñado por el Estatuto Administrativo, borrando la diferencia fundamental entre la estabilidad de los empleados de planta y la temporalidad propia de los funcionarios a contrata.
En consecuencia, bajo este nuevo criterio, la Administración del Estado queda habilitada para desvincular a funcionarios con empleos a contrata, incluso aquellos con cinco años o más de servicio.
Implicancias y Reacciones
Este giro jurisprudencial facilita las desvinculaciones en la Administración Pública, lo que ha generado preocupación en organizaciones como la CUT, quienes han manifestado su desacuerdo.
El impacto de este fallo aumenta ante un escenario de estrechez presupuestaria en el Estado y el próximo cambio de gobierno en marzo de 2026, ya que el nuevo criterio brinda mayor discrecionalidad a las autoridades para modificar sus dotaciones.
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