En el ámbito de la Administración del Estado, la desvinculación de un funcionario se materializa generalmente a través de un acto administrativo. Es fundamental entender quiénes tienen la calidad de funcionarios y qué herramientas legales existen para impugnar estas decisiones.
¿Quiénes son considerados funcionarios públicos?
Para efectos legales, solo se consideran funcionarios públicos a quienes:
- Poseen un cargo en la planta de personal de una institución del Estado.
- Se desempeñan en funciones a contrata.
- Nota: Las personas que prestan servicios a honorarios no son consideradas funcionarios públicos en este contexto.
Opciones de Defensa y Recursos Legales
Existen tres vías principales para actuar frente a una desvinculación:
1. Reclamo de Ilegalidad (Contraloría General de la República)
Se presenta ante la Contraloría General de la República cuando se considera que el acto administrativo de desvinculación es ilegal.
- Plazo: 10 días hábiles desde que se conoce la resolución.
- Resultado: Si se acoge, el funcionario debe ser reincorporado a sus funciones.
2. Recurso de Protección (Corte de Apelaciones)
Se interpone ante la Corte de Apelaciones cuando el acto administrativo es visto como ilegal y arbitrario.
- Plazo: 30 días corridos.
- Ventaja Adicional: Se puede solicitar una «orden de no innovar» para suspender los efectos de la desvinculación mientras se tramita el recurso.
- Resultado: Si se acoge, se ordena la reincorporación y el pago de las remuneraciones retroactivas por el tiempo que duró el proceso.
3. Tutela Laboral (Juzgado del Trabajo)
Se utiliza cuando el despido vulnera los derechos fundamentales del trabajador.
- Plazo: 60 días.
- Resultado: El objetivo principal es obtener una indemnización económica; esta vía no busca la reincorporación al empleo.
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